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NAIZ: El Tribunal Supremo declara válido el despido colectivo de 24 trabajadores de Eusko Irratia

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la CAV en la que se declara la validez del despido colectivo por causas económicas de 24 trabajadores de Eusko Irratia S.A. ante el recurso llevado a cabo por los sindicatos CCOO, ELA y ESK.

NAIZ|2016/10/20 19:29 Eguneratua: 19:40

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, constituida en Pleno, deliberó en el día de ayer el recurso sobre despido colectivo. La Sala había estimado que, dadas las características de la cuestión jurídica planteada y su trascendencia, procedía su debate por la Sala en Pleno.

El Tribunal Supremo ha resuelto la «ausencia de vulneración de los principios de igualdad y no discriminación», acerca de la existencia de trabajadores indefinidos no fijos en las empresas públicas. Del mismo modo ha desestimado la inclusión de la fundamentación adicional solicitada por las demandas acerca de las causas organizativas.

En un comunicado, EiTB ha manifestado que «en todo este proceso ha cumplido con los requisitos legales del despido colectivo tal como pusieron de manifiesto tanto el informe de la Inspección de Trabajo, como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y que ahora confirma la Sala Cuarta del Tribunal Supremo constituida en Pleno».

Así, afirma que la Convocatoria Pública de Empleo y el despido colectivo «persigue asegurar la sostenibilidad de la radio pública vasca y del Grupo EiTB, prestando el servicio público que demanda la sociedad vasca, ofreciendo información valiosa y desarrollando un espacio comunicacional propio, de divulgación y entretenimiento para enriquecer la vida de las personas, servir para la cohesión social, respetando como valor la diversidad y concitando la unidad en torno al euskera, promoviendo su normalización y uso».

http://www.naiz.eus/eu/actualidad/noticia/20161020/el-tribunal-supremo-d...

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La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, constituida en Pleno, ha deliberado el recurso de Casación Ordinaria 91/2016 sobre Despido Colectivo,  habiendo resuelto confirmar la Sentencia del TSJ del País Vasco en la que se declara la validez del despido colectivo por causas económicas de 24 trabajadores de Eusko Irratia SA. Se resuelve con arreglo a reiterada doctrina de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo acerca de la existencia de trabajadores indefinidos no fijos en las empresas públicas y la ausencia de vulneración de los principios de igualdad y no discriminación. Se desestima así mismo la inclusión de la fundamentación adicional solicitada por las demandas acerca de las causas organizativas.
Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Área de lo Social.